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Los 15 derechos de todo migrante en México

Derecho a la nacionalidad, libre tránsito y a la no discriminación son algunos de las garantías que tienen los migrantes en México


La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos protege a TODOS los migrantes en México desde su artículo primero, sin importar su estatus migratorio.


El respeto irrestricto de los derechos humanos de la población migrante es uno de los principios en los que se sustenta la Ley de Migración publicada el 25 de mayo de 2011. Para que nadie quiera abusar de ti y estés bien informados el INAI nos dice cuáles son los 15 derechos de todo migrante en México


1 Derecho a la Nacionalidad

Es el vínculo jurídico entre el Estado y las personas, dicho vínculo otorga pertenencia e identidad, así como el derecho a que el Estado les brinde protección, ya sea en su territorio o fuera de él.


2 Derecho a la libertad de tránsito

Toda persona tiene el derecho de circular libremente por el territorio mexicano.


3 Derecho a la seguridad jurídica y al debido proceso

En México todas las personas, sin importar su origen étnico o nacional o situación migratoria, tienen derecho a que se garantice que en cualquier proceso administrativo o judicial en los que se vean involucrados se cumplan las formalidades esenciales y esté apegado a derecho, con base en los lineamientos constitucionales e Internacionales.


4 Derecho a la asistencia consular

Cualquier autoridad del Estado Mexicano que detenga a una persona extranjera tiene la obligación de informarle sobre su derecho a contactar con la autoridad consular de su país de origen y de facilitar tal comunicación, así como permitirle recibir la visita del personal consular, tal derecho debe garantizarse.


5 Derecho a no a la no discriminación

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos mandata la prohibición de toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana, en tal virtud, ese derecho incluye a todas las personas migrantes que se encuentren en México, sin importar su condición migratoria. La prohibición de discriminación hacia las personas migrantes está igualmente reconocida como uno de los principios en los que se sustenta la Ley de Migración.


6 Derecho a solicitar asilo

En México toda persona extranjera en caso de persecución por motivos de orden político tiene derecho a solicitar asilo.


7 Derecho a solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado

Toda persona extranjera que se encuentre en territorio nacional y no pueda o no quiera acogerse a la protección de su país de origen, debido a fundados temores de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, género, pertenencia a determinado grupo social y opiniones políticas, o que haya huido de su país porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de los derechos humanos y otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público, tiene derecho a solicitar la protección internacional de México.


8 Derecho a la protección de la unidad familiar

Toda persona, en situación de migración, tiene derecho a que se preserve y garantice su unidad y/o reunión familiar, especialmente cuando se trata de niñas, niños y adolescentes.


9 Derecho a la dignidad humana

La condición de migrante no le resta valía a ningún ser humano, por tanto, nadie (autoridades y particulares) tiene derecho a dar un trato diferenciado y excluyente a este grupo de población. Su paso y estadía por México no debería significar un riesgo latente de abuso de sus derechos humanos ni probables afectaciones a su integridad, patrimonio y libertad.


10 Derecho a no ser criminalizado

El ingreso no formal al país de la población migrante no es motivo para criminalizar su actuar y tratarlo como tal. Ser una persona migrante no implica ser delincuente. Su ingreso contrario a la norma al país implica una infracción administrativa, no un ilícito penal. En ningún caso una situación migratoria irregular preconfigurará por sí misma la comisión de un delito ni se prejuzgará la comisión de ilícitos por parte de una persona migrante por el hecho de encontrarse sin una condición migratoria. (Artículo 2, segundo párrafo de la Ley de Migración).


11 Derecho a un alojamiento digno

Las personas migrantes deben recibir en el lugar en que se encuentren alojados un trato acorde a su dignidad como personas. Las instalaciones migratorias deben cubrir estas exigencias y las autoridades deben dispensar un trato adecuado y respetuoso de sus derechos humanos.


12 Derecho a no ser incomunicado

A las personas migrantes no deben, por ninguna circunstancia, serles negada recibir y realizar llamadas telefónicas, la visita de sus familiares, organismos públicos de protección y defensa de los derechos humanos, representantes legales y autoridades consulares de su país.


13 Derecho a un intérprete o traductor

Las autoridades migratorias tienen la obligación de proporcionar un intérprete o traductor, en caso de que las personas migrantes no hablen o entiendan el idioma español.


14 Derecho a no ser detenidos en las inmediaciones o dentro de Albergues

Las autoridades migratorias no tienen la atribución conferida por ley de realizar detenciones de personas migrantes que se encuentren alojados o en las inmediaciones en albergues con este fin patrocinados por Asociaciones Civiles o personas que presten asistencia humanitaria a los mismos. El Instituto (Nacional de Migración) no podrá realizar visitas de verificación migratoria en los lugares donde se encuentre migrantes albergados por organizaciones de la sociedad civil o personas que realicen actos humanitarios, de asistencia o de protección a los migrantes. (Artículo 76 de la Ley de Migración)


15 Interés Superior de la Niñez:

Principio constitucional que obliga a todas las autoridades, a que en sus actuaciones y decisiones en las que se vea involucrada una niña, niño o adolescente, garantice de manera plena el respeto de sus derechos humanos.


Artículo tomado de Conexión Migrante

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